Wednesday, May 8, 2024

Caracas.- A partir de este miércoles el valor de la Unidad Tributaria (UT) pasa de 177 a 300 bolívares según la resolución 0003 del Seniat publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 6.287 con fecha 24 de febrero de este año.

Este incremento fue anunciado por el presidente de la República, Nicolás Maduro, el 19 de febrero durante su programa dominical y en el marco de sexta prórroga del Estado de Excepción y Emergencia Económica.

Con el aumento de la UT el precio del bono de alimentación (cestaticket) para los trabajadores pasó de 63.720 bolívares a 108 mil bolívares, lo que constituye un incremento del salario mínimo integral de 42%.

Asimismo, el monto de la tarifa aeroportuaria nacional, fijada en 4 UT, se ubica en 1.200 bolívares y la tarifa internacional, que equivale a 10 unidades tributarias, queda en 3 mil bolívares, de acuerdo con información del Instituto Aeropuerto Internacional de Maiquetía (IAIM).

En el Aeropuerto Internacional "Simón Bolívar" de Maiquetía, el pago de la tarifa aeroportuaria está incluida en el boleto. De igual forma, el ente informó que quienes hayan adquirido los boletos aéreos antes del 1 de marzo, deberán pagar el diferencial en los mostradores de la aerolínea antes de iniciar el viaje.

Desde hoy, el precio para tramitar el pasaporte venezolano, que equivale a 12 UT y anteriormente era de 2.124 bolívares, quedó estipulado en 3.600 bolívares.

La medida, igualmente, tendrá una incidencia en la aplicación de multas, sanciones, donaciones, montos de los registros, timbres fiscales, notarías y tribunales.

Tras conocer el anuncio del Ejecutivo Nacional, el presidente de la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional (AN), diputado José Guerra, criticó al Gobierno por no enviar al Parlamento el nuevo monto de la UT. Igualmente manifestó que esta medida tendrá un impacto en toda la economía nacional en el costo laboral, productos, bienes, servicios, medicinas y alimentos,

Según el artículo 131 del Código Orgánico Tributario (COT), la Administración Tributaria está facultada para reajustar la UT durante los 15 primeros días “del mes de febrero de cada año, previa opinión favorable de la Comisión Permanente de Finanzas de la Asamblea Nacional”.

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Sin embargo, la prórroga del Estado de Excepción y Emergencia Económica publicada en la Gaceta Oficial número 41.074 con fecha 13 de enero de 2017, amplió las facultades del Ejecutivo para ordenar el reajuste de la UT “con base en los análisis técnicos que correspondan, prescindiendo de cualquier trámite que involucre a otros poderes públicos, cuando estos se encuentren inhabilitados legal o judicialmente para hacerlo”.

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